Expediente 279-21
Fecha: 07/06/2021
Bloque Producción y Trabajo
BLOQUE PRODUCCION Y
TRABAJO
PROYECTO DE ORDENANZA
TEMA: Prohibición de
estacionamiento en calle B. Mitre, en el tramo comprendido entre calle Jujuy y
Avenida Rioja.
AUTOR: Ing. Ricardo Gutiérrez
VISTO: La Carta Municipal, Artículo 9°: El Gobierno Municipal cumple una función de servicio, dirigida a satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, economicidad y oportunidad, mejorando la calidad de vida, dignificando a la persona humana y logrando el bien común. Artículo 14° Inc. 16°: Dictar el reglamento de tránsito urbano y asegurar el transporte público de pasajeros. Artículo 14° inciso 22°: Formular planes urbanísticos y realizar obras públicas .Artículo 14° Inc. 43°: Además de las funciones señaladas precedentemente, el municipio podrá realizar cualquier acción de interés local que no contraponga a las Constituciones Nacional y Provincial. . Artículo 39°: Inc. 1° apartado a: Ordenanza: Toda norma por cuya virtud se crea, reforma, suspenda o derogue una regla general, cuya ejecución compete al Departamento Ejecutivo.
CONSIDERANDO:
La
necesidad de mantener la fluidez del tránsito en el tramo de calle Mitre,
comprendido entre la calles Jujuy y Avenida Rioja, motiva la presente
iniciativa de prohibir el estacionamiento habida cuenta del proceso actual de
ejecución de la obra “Estación de Transbordo Mitre”, en ese sector, en el marco
de la implementación del nuevo sistema de transporte de la provincia,
denominado Red Tulum.
Que
el tramo de calle Mitre entre Av. Rioja y calle Jujuy tiene un ancho actual
libre para la circulación del tránsito de dos carriles, considerando el
estacionamiento a 90º en el cordón Norte y el lineal en el cordón Sur. Por esta
razón, el Bloque Producción y Trabajo, sugiere la prohibición del
estacionamiento lineal sobre el cordón sur, con el objetivo de lograr un mayor
ancho de calzadas (hoy de dos carriles), aumentando a tres carriles de
circulación y perdiendo quince lugares para aparcar. De extenderse la
prohibición de estacionar al cordón norte, frente al rectorado, se ganaría más
ancho de calzadas, pero también se perderían aproximadamente treinta espacios
para estacionamiento, razón por la cual no se lo incluye en el proyecto.
Que debido
a los nuevos recorridos del transporte público de pasajeros y al emplazamiento
de la Estación de Transbordo Mitre, se incrementará significativamente la
cantidad de colectivos que circularan en el mencionado tramo. A ello debe
sumársele el flujo de automotores que actualmente circula por allí y que
continuarán haciéndolo debido a la inexistencia de una conectividad oeste-este
alternativa. Es poco factible desviar este tránsito a las inmediaciones de Av.
Córdoba, debido a que la Red Tulum, también, ha establecido que sobre esta
arteria se canalice el tráfico de colectivos.
Que,
el bloque Producción y trabajo, considera que la prohibición de estacionar en
el tramo de 100 metros de calle Mitre, entre la calle Jujuy y avenida Rioja, es
una medida congruente con la puesta en marcha del novedoso sistema de
transporte que promete ser eficaz y eficiente, optimizando los tiempos de
traslado. En este sentido es preciso seguir manteniendo la fluidez del
tránsito, en todo el centro sanjuanino, especialmente en aquellas arterias en
las que se establece la conectividad oeste- este y en los puntos neurálgicos,
en donde se erigirán las centrales de transbordo.
Finalmente,
Producción y Trabajo presenta este proyecto por entender que la Municipalidad
de la ciudad de San Juan debe contribuir activamente en todos aquellos aspectos
que posibiliten la implementación exitosa del nuevo sistema de transporte
provincial.
Se
adjuntan fotos.
POR ELLO: El Bloque Producción y
Trabajo, del Concejo Deliberante de la
Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su tratamiento y
consideración el siguiente Proyecto de Ordenanza:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
ORDENA:
ARTÌCULO 1º: Establézcase la
prohibición de estacionamiento vehicular sobre la línea de calzada
sur de calle B. Mitre, en el tramo comprendido entre calle Jujuy y Avenida
Rioja.
ARTÍCULO 2º:
Colóquese
la señalización vial vertical y horizontal necesaria para la identificación del tramo comprendido
en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º:
De forma