Expediente 288-21
Fecha: 08/06/2021
Bloque Producción y Trabajo
Que la ordenanza municipal 12.076 establece que la distinción de vecino ilustre será otorgada por Ordenanza a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal, de la Presidencia del Concejo Deliberante, y los restantes Bloques con representación parlamentaria en el Cuerpo Legislativo: en función de ello, el presente proyecto del bloque PyT cumple con proponer al Sr. GAZZE JOSE NAZARENO, para la entrega de la distinción.
BLOQUE PRODUCCION Y
TRABAJO
PROYECTO DE ORDENANZA
TEMA: PROPUESTA VECINO ILUSTRE.
AUTOR: Ing. Ricardo
Gutiérrez
VISTO: La Constitución Nacional en sus artículos 5, 123; la Constitución Provincial en su Sección Novena, Capítulos I a V, artículos 239 a 255; La Carta Municipal en su Titulo II, Capitulo IV y V, Artículos 39 al 47; La Resolución 3145 del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Juan; las ordenanzas municipales N°10.597 y N°12.076. -
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional establece
en su artículo 5 que cada provincia dictará su constitución la cual deberá
estar de acuerdo con el sistema republicano de gobierno, los principios,
declaraciones y garantías de esta, y establecer el régimen municipal.
Que la Constitución Nacional establece
en su artículo 123 la autonomía municipal, dejando a cada constitución
provincial la facultad de reglar su alcance y contenido en el orden
institucional, político,
administrativo, económico y financiero.
Que la Constitución Provincial
establece en la Sección Novena, Capítulos I a V, artículos
239 a 255 el régimen municipal de la provincia, y define tres categorías de
municipios, siendo el municipio de la Ciudad de San Juan de primera categoría,
por lo que goza de autonomía política, administrativa y financiera e
institucional.
Que la Carta Municipal establece en su
Título II, Capitulo IV y V, Artículos 39 al 47, las facultades del poder
deliberativo, y el procedimiento y regulación de las ordenanzas.
Que la Resolución 3145 del Concejo
Deliberante aprueba el “Reglamento
Interno del Concejo Deliberante”; el cual establece en Título II, artículos 59 al 72, la forma de
presentación de los proyectos y su tratamiento en el Concejo Deliberante.
Que la ordenanza municipal 12.076
establece que la distinción de vecino ilustre será otorgada por Ordenanza a
propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal, de la Presidencia del Concejo
Deliberante, y los restantes Bloques con representación parlamentaria en el
Cuerpo Legislativo: en función de ello el presente proyecto cumple con proponer
desde los bloques presentantes al Sr. GAZZE JOSE NAZARENO, para la entrega de
la distinción.
Que la ordenanza municipal 10.597
establece que la distinción 'VECINO ILUSTRE" se entregará a aquellas
personas - fallecidas o en vida - que tengan domicilio real en el Departamento
Capital, con trayectoria u obra de relevancia en el ámbito cultural, artístico, religioso,
político, académico, deportivo, comunitario u otros,
que hubieren obrado en servicio de la comunidad en general y de la Ciudad en particular.
Que el Sr. Gazze se destaco como
personalidad en dos ámbitos muy marcados la política y en los cuales plasmo su
impronta enérgica y colaborativa. En la actividad privada desde sus comienzos
atraveso por multiples actividades como, la vitivinicultura, el transporte,
canillita, concesionario de la confitería del aeropuerto por 51 años, desde el
año 1969 hasta el pasado 2020, constructor de la playa de estacionamiento en el
aeropuerto, fue el primer encargado del transporte JET PAQ, fundador del CLUB
JL y del Video Club Fantasía, Fundador de la cadena de librerías, papelerías y
descartables “JL” con 4 sucursales, ganador de 3 premios Mercurio de Oro.
En su faceta política una de sus
grandes pasiones y donde pudo desarrollar su carácter social y su compromiso
con la gente, fue presidente de la Fundación Roberto Basualdo, fue encargado de
los talleres comunitarios para ayudar a carenciados, Director del CONFER
(2001-2003), primer presidente del Partido PRODUCCION Y TRABAJO (2003-2007),
Diputado Departamental por Capital (2003-2007), Diputado proporcional
(2007-2011), destacando de entre sus pares por su perfecta asistencia durante
los 8 años que duro su función como Diputado.
POR ELLO: El Bloque Producción y
Trabajo, del Concejo Deliberante de la
Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su tratamiento y
consideración el siguiente Proyecto de Ordenanza:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
ORDENA:
ARTÌCULO
1º: Declarase Vecino Ilustre de la Ciudad
de San Juan, al Señor GAZZE JOSE NAZARENO, para ser investido con motivo de la
próxima celebración del Aniversario de la Fundación de la Ciudad de San Juan.-
ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE Y FECHO, PASE AL CE.DO.M. PARA SU ARCHIVO. -