viernes, 5 de junio de 2020

27 - La incorporación de unidades de transporte eléctrico sustentable al servicio del transporte público urbano en Capital.

Proyecto de Comunicación
Expediente 248-20
Fecha: 05/06/2020
Autor: Ing. Ricardo Gutiérrez
Bloque Producción y Trabajo

EN COMISIÓN

Es inaplazable implementar en nuestro único servicio de transporte público masivo urbano, mediante un programa de incorporación progresiva hasta 2030, de unidades de ómnibus eléctricos sustentables, en virtud del proceso licitatorio que en los próximos meses se llevará a cabo en la Provincia por parte de la Secretaria de Tránsito y Transporte. Es perentorio realizar una propuesta que contemple el uso de tecnologías más amigables con el medio ambiente y el cambio climático. Argentina ha firmado todos los convenios donde asume la responsabilidad de bajar los GEI (gases de efecto de invernadero) y de contribuir a cumplir las metas y objetivos de la ODS –Agenda 2030 (Objetivos para el Desarrollo Sostenibles de Naciones Unidas). Argentina ya ha comenzado con estos cambios: ómnibus eléctricos en la CABA y Mendoza. En el mundo hay aproximadamente más de 430,000 unidades incorporadas al transporte público.



BLOQUE PRODUCCION Y TRABAJO



PROYECTO DE COMUNICACIÓN

TEMA: Incorporación de unidades de transporte eléctrico al servicio de transporte público urbano de pasajeros en la Ciudad de San Juan.

AUTOR: Concejal Ing. Ricardo S. Gutiérrez

VISTO:
  La Carta Municipal, Artículo 9°: El Gobierno Municipal cumple una función de servicio, dirigida a satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, economicidad y oportunidad, mejorando la calidad de vida, dignificando a la persona humana y logrando el bien común. Artículo 14° Inc. 16°: Dictar el reglamento de tránsito urbano y asegurar el transporte público de pasajeros, Inc. 30° Asegurar en todas las formas el derecho de todos los habitantes a disfrutar en todas las formas de un medio ambiente adecuado , manteniendo y protegiendo el sistema económico y el paisaje mediante la utilización racional de los recursos naturales, 43°: Además de las funciones señaladas precedentemente, el municipio podrá realizar cualquier acción de interés local que no contraponga a las Constituciones Nacional y Provincial. Artículo 39°: Inc. 1° apartado d: Comunicación: Mediante este instrumento el concejo Deliberante efectúa sus pedidos de informes, formula sus contestaciones, o recomendaciones ante el departamento ejecutivo o ante cualquier otro organismo público o privado.

CONSIDERANDO:
                       La necesidad inaplazable de implementar un servicio de transporte público urbano sustentable a través de la incorporación progresiva de unidades de colectivos eléctricos motiva la presentación de nuestra propuesta, en virtud del proceso licitatorio, que en los próximos meses se llevará a cabo en la provincia.
Que es preciso consignar que lo establecido ahora en los pliegos licitatorios del transporte público de pasajeros condicionará las características del servicio durante un periodo de diez años con la posibilidad de extenderse por cinco años más (Ley 814-A).
Que es perentorio realizar una propuesta que contemple el uso de tecnologías más amigables con el medio ambiente que brindarán beneficios sustanciales en materia de movilidad y calidad ambiental en la Ciudad de San Juan.
Que la Argentina ratificó, en 1994, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)[1], a través de la Ley 24.295, asumiendo el objetivo de informar todo lo relevante para el logro de los objetivos de la CMNUCC, en particular sobre los inventarios nacionales de GEI[2] y los programas nacionales que contengan medidas para mitigar el cambio climático y facilitar la adecuada adaptación.
Que en el marco del Protocolo de Kioto[3], reafirmado a través de la Ley 25.438 del 20 de junio de 2001, la Argentina se comprometió a adoptar políticas nacionales y tomar las medidas correspondientes de mitigación del cambio climático, a la vez que obtuvo posibilidades de participar de uno de los mecanismos de flexibilización del Protocolo: el Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL).
Que el 25 de septiembre de 2015, en el ámbito de la 70 edición de la Asamblea General de Naciones Unidas, en Nueva York, todos los países del mundo adoptaron la Agenda 2030[4] para el Desarrollo Sostenible. En este marco se aprobaron los ODS[5] formulados para erradicar la pobreza, promover la prosperidad y el bienestar para todos, proteger el medio ambiente y hacer frente al cambio climático a nivel mundial.
Que nuestro país adoptó el Acuerdo de París bajo la CMNUCC mediante la Ley 27.270 y depositó el instrumento de ratificación ante el Secretario General de las Naciones Unidas el 21 de septiembre de 2016. El objetivo principal del Acuerdo es mantener el aumento de la temperatura media a fines de este siglo “muy por debajo de los 2 °C”, e impulsar los esfuerzos para limitar más aún el aumento de la temperatura media (por debajo de 1,5 °C sobre los niveles preindustriales). Además, el Acuerdo busca reforzar la capacidad para hacer frente a los impactos del cambio climático. Este Acuerdo comprometió a los países a presentar sus Contribuciones Nacionales y una actualización periódica a fin de comprometer el mayor esfuerzo y ambición posibles a la luz de las circunstancias nacionales de cada país. Las contribuciones deben inscribirse en un registro público de la CMNUCC.
Que la Argentina fue el primer país en presentar una revisión de su Contribución Nacional para hacerla más ambiciosa. La meta absoluta asumida, mediante un proceso de validación y consenso gubernamental, jurisdiccional y con el involucramiento de diversos sectores de la sociedad, es “no exceder la emisión neta de 483 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq) en el año 2030”.
Que en noviembre de 2019, siguiendo el compromiso asumido con las Naciones Unidas, se aprobó la Ley N°27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, sin ningún voto en contra, lo que demuestra que la respuesta a esta problemática se constituye como una política de estado en nuestro país. Esta ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de adaptación y mitigación al cambio climático en la Argentina en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional. Se considera información pública ambiental todos los datos y documentación relacionados con su aplicación y crea un Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático. Cada jurisdicción debe promover procesos de participación entre todos los involucrados y actores interesados que conduzcan a la definición de las mejores acciones de adaptación y mitigación al cambio climático.
Que la Ley N°27.520 oficializa la creación del Gabinete Nacional de Cambio Climático[6], que será presidido por el Jefe de Gabinete de Ministros, y cuya función será articular entre las distintas áreas de gobierno de la Administración pública nacional, la implementación del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, y de todas aquellas políticas públicas relacionadas con la aplicación de las disposiciones establecidas en la ley y sus normas complementarias.
Que esta ley es de gran importancia debido a que, además de facilitar el cumplimiento de la NDC[7], también fomentará relaciones interjurisdiccionales, promoverá los planes locales de respuesta y permitirá la coordinación de políticas nacionales, locales y sectoriales.
Que según un informe de las Naciones Unidas en 2014 el transporte fue el responsable del 15 % de las emisiones totales de GEI. En este contexto es necesario desarrollar proyectos estratégicos de movilidad sustentable entre los cuales se destaca la incorporación de colectivos eléctricos al servicio de transporte público de pasajeros, como una de las opciones más viables.
Que para poder llevar a delante alianzas estratégicas será necesaria la colaboración del sector público y privado, profundizar el diálogo y evaluar los objetivos y necesidades de los actores que conforman el sistema de modo tal de generar un equilibrio entre rentabilidad y sustentabilidad con la consigna clara de que el tiempo nos apremia a reducir la contaminación para mitigar los cambios climáticos.
Que en la actualidad, los medios de transporte que funcionan con combustibles fósiles representan una de las principales fuentes de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y gases tóxicos.
Con respecto a las ventajas de los denominados “buses” eléctricos podemos citar:
Ø  Son ecológicos, no necesitan de combustible para funcionar y no emiten gases contaminantes, por lo que mejoran la calidad del medio ambiente.
Ø  Producen menos ruido que los colectivos convencionales, por lo que colaboran con un ambiente “más amigable” y con la disminución de la contaminación sonora.
Ø  El uso de la electricidad es más eficiente y económico que el del combustible tradicional, porque a diferencia del motor a combustible, que cuando frena disipa energía, el eléctrico, recarga la batería. Esta ventaja se siente en la ciudad, donde se frena y avanza constantemente.
Ø  Menor costo de mantenimiento, ya que el motor de un bus eléctrico es más simple.
Que Argentina ha comenzado a incorporar autobuses eléctricos chinos al sistema de transporte urbano de la provincia de Mendoza (oeste) y de la ciudad de Buenos Aires, en una apuesta a la movilidad sustentable, al reducir el impacto ambiental y mejorar la calidad en los viajes de los usuarios.
Que Mendoza es la provincia argentina pionera en la implementación de estos autobuses ecológicos, mediante un proceso de adquisición de 20 unidades de fabricación china que comenzó en marzo del año 2019. Se trata de autobuses eléctricos con capacidad de recorrer entre 250 y 300 kilómetros antes de ser cargados nuevamente. Las unidades cuentan, por ejemplo, con sistema de climatización, rampas para discapacitados (monta carga) y espacio reservado para sillas de ruedas, además de tener capacidad para transportar 26 pasajeros sentados y 57 parados.
El jefe de Tráfico de la empresa Sociedad de Transporte de Mendoza (STM), reguladora de la movilidad en la provincia, Raúl Moreno, señaló que Mendoza es una provincia conocida por las "energías limpias", primero a través del trolebús con el sistema de cables (con más de 60 años de funcionamiento), y ahora con la incorporación de los autobuses eléctricos chinos.
La empresa china Zhongtong participa también en Buenos Aires en una prueba piloto de autobuses eléctricos, al incorporar en mayo del año 2019, ocho de sus unidades a cuatro líneas de la red capitalina.
La circulación de los colectivos 100% eléctricos por Buenos Aires fue autorizada por un decreto que publicó el Gobierno nacional en el Boletín Oficial.
Las estaciones de recarga se ubicaron en las cabeceras de las líneas y tuvieron un costo total de 7.4 millones de pesos, asumido por el Gobierno porteño.
Según la mencionada resolución, los colectivos ofrecen una autonomía de entre 70 y 220 kilómetros, según el tipo de cargador que utilicen. Los sistemas de carga rápida permiten recuperar el 100% de la batería en 40 minutos, con una autonomía de 70 kilómetros. El sistema de carga lenta demora hasta cinco horas en recuperar las baterías, pero ofrece una autonomía de 220 kilómetros.
La incorporación de las unidades forma parte del Plan de Movilidad Limpia 2035 impulsado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que prevé actualizar la red de transporte con la introducción de unidades ecológicas en forma paulatina. Para el 2035 los 18 mil colectivos que circulan todos los días por la ciudad serán eléctricos. El plan incluye también a taxis y utilitarios urbanos.
China y Argentina han estrechado en los últimos años la cooperación en materia de tecnología, así como en fuentes de energías limpias y renovables.
Los “buses” eléctricos son la tecnología elegida por distintas entidades europeas y norteamericanas. Por ejemplo, ya está siendo utilizada en ciudades como París, Londres y Barcelona, entre otras. En abril del 2019, las autoridades de la capital francesa ordenaron que 800 nuevas unidades de autobuses eléctricos salieran a la calle para reemplazar a las unidades diesel y así combatir el smog antes de la llegada de los Juegos Olímpicos en 2024. En China, por ejemplo, un autobús eléctrico no es para nada inusual. A fines del año 2018, de los 425.000 autobuses en todo el mundo, 421.000 se podía encontrar en China. La flota global de autobuses eléctricos creció aproximadamente un 32% en 2018, según un informe de BloombergNEF[8].
En América latina, las ciudades más avanzadas en este sector son Santiago de Chile y Bogotá, con unidades provenientes desde China.
 Nuestro bloque, Producción y Trabajo, recomienda que se incorpore desde la  próxima licitación un recambio progresivo de las unidades hasta lograr en el año 2030 el cambio total. Los nuevos ómnibus eléctricos incluyen, además de las virtudes señaladas con anterioridad: seguridad de excelencia y de vanguardia, bajo mantenimiento, aire acondicionado, calefacción, rampa para discapacitados (con espacios para sillas), wifi, GPS, etc. Estas unidades significarían un aumento significativo de la calidad del servicio brindado al usuario del transporte público.  Deberá también apelarse a la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) del sector de transporte y al cumplimiento a las ISO 26.000.
Producción y Trabajo, entiende que San Juan y en especial Capital esta cautivo a los colectivos por muchas décadas futuras por su actual planificación y desarrollo urbanístico, al no prever en sus proyectos de crecimiento a otros transportes alternativos como en otras provincias del país y del mundo que suman otras soluciones al transporte al contar con: trenes, troles, subte,  viaductos (tren o autos), etc. y así ofrecer un transporte  de pasajeros de excelencia  para desalentar al automovilista. También detecta la necesidad urgente del compromiso de afrontar esta deuda con el medio ambiente y con los usuarios del transporte público en la búsqueda de una mejor calidad de vida del ciudadano.
Consideramos que la inclusión del transporte eléctrico en las nuevas estipulaciones de la licitación del servicio de transporte público, es una fuerte apuesta en la concientización social y empresarial y un paso necesario en el desarrollo de la sustentabilidad ambiental.
Se adjunta foto del artículo en Diario de Cuyo con fecha 16 de Febrero, donde es entrevistado al Secretario de Tránsito y Transporte Sr. Jorge Armendariz.
“El cambio climático representa una de las mayores amenazas que enfrenta la comunidad internacional en su conjunto. Los esfuerzos para enfrentar las consecuencias actuales y futuras de este fenómeno, deben ser diseñados e implementados conjuntamente por la Nación, las provincias y los municipios. En este sentido, una respuesta integral al cambio climático requiere no sólo de la acción del Gobierno Nacional sino también la decisión e implementación de medidas por parte de las provincias y municipios”. Extracto de los fundamentos de la Ley N°27520.

POR ELLO:
El Interbloque Producción y Trabajo, Pro y Actuar, del Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su tratamiento y consideración el siguiente Proyecto de COMUNICACIÓN:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
COMUNICA:

PRIMERO: Vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el área correspondiente, incorpore en forma progresiva, unidades de colectivos eléctricos, en la Ciudad de San Juan, en vistas de la realización del proceso licitatorio del servicio de Transporte público de pasajeros de la provincia.

SEGUNDO: De Forma.



[1] La CMNUCC es el marco multilateral de implementación de los esfuerzos internacionales para enfrentar los desafíos del cambio climático.

[2] Los inventarios nacionales incluyen las emisiones y absorciones de GEI (Gases de Efecto Invernadero) que se producen dentro del territorio nacional. Un inventario de GEI contabiliza los gases emitidos y absorbidos de la atmósfera durante un periodo de tiempo determinado (en general un año calendario) para un territorio determinado.

[3] El Protocolo de Kioto (11/12/97). Es el acuerdo internacional más importante sobre el cambio climático, y tiene su origen en la Convención Marco de las Naciones Unidas (CMNUCC) creada en 1992. Este Protocolo compromete a los países industrializados a estabilizar las emisiones de gases de efecto de invernadero (GEI). El gas responsable de la mayoría del calentamiento es el dióxido de carbono, también llamado CO2. Este Protocolo está firmado por 187 jefes de estados en la actualidad.

[4] La Agenda de Desarrollo 2030 es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad.

[5] Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus 169 metas son de alcance mundial y de aplicación universal. Cada gobierno decidirá la forma de incorporar esas aspiraciones y metas mundiales en los procesos de planificación, las políticas y las estrategias nacionales.
[6] El Gabinete Nacional, creado mediante el Decreto 891/2016, agrupa organismos públicos nacionales involucrados en políticas climáticas, y su objetivo es reorientar las políticas públicas, asegurar respuestas coordinadas y generar acciones de mitigación y adaptación.

[7] NDC: Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional. Son las medidas que los países que forman parte de la CMNUCC deben llevar a cabo para intensificar sus acciones contra el cambio climático, ya sea para reducir las emisiones de GEI (acciones de mitigación) o para adaptarse a los impactos producidos por ese fenómeno (acciones de adaptación).
[8] BloombergNEF: Es una empresa mundial de información financiera y noticias,