Expediente 248-20
Fecha: 05/06/2020
Autor: Ing. Ricardo Gutiérrez
Bloque Producción y Trabajo
EN COMISIÓN
Es inaplazable implementar en nuestro único servicio
de transporte público masivo urbano, mediante un programa de incorporación
progresiva hasta 2030, de unidades de ómnibus eléctricos sustentables, en
virtud del proceso licitatorio que en los próximos meses se llevará a cabo en
la Provincia por parte de la Secretaria de Tránsito y Transporte. Es perentorio
realizar una propuesta que contemple el uso de tecnologías más amigables con el
medio ambiente y el cambio climático. Argentina ha firmado todos los convenios
donde asume la responsabilidad de bajar los GEI (gases de efecto de
invernadero) y de contribuir a cumplir las metas y objetivos de la ODS –Agenda
2030 (Objetivos para el Desarrollo Sostenibles de Naciones Unidas). Argentina
ya ha comenzado con estos cambios: ómnibus eléctricos en la CABA y Mendoza. En el
mundo hay aproximadamente más de 430,000 unidades incorporadas al transporte
público.
BLOQUE PRODUCCION Y
TRABAJO
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
TEMA: Incorporación
de unidades de transporte eléctrico al servicio de transporte público urbano de
pasajeros en la Ciudad de San Juan.
AUTOR: Concejal Ing. Ricardo S.
Gutiérrez
VISTO:
La Carta Municipal, Artículo 9°: El Gobierno
Municipal cumple una función de servicio, dirigida a satisfacer las necesidades
de la comunidad con eficacia, economicidad y oportunidad, mejorando la calidad
de vida, dignificando a la persona humana y logrando el bien común. Artículo
14° Inc. 16°: Dictar el reglamento de tránsito urbano y asegurar el transporte
público de pasajeros, Inc. 30° Asegurar en todas las formas el derecho de todos
los habitantes a disfrutar en todas las formas de un medio ambiente adecuado ,
manteniendo y protegiendo el sistema económico y el paisaje mediante la
utilización racional de los recursos naturales, 43°: Además de las funciones
señaladas precedentemente, el municipio podrá realizar cualquier acción de
interés local que no contraponga a las Constituciones Nacional y Provincial. Artículo
39°: Inc. 1° apartado d: Comunicación: Mediante este instrumento el concejo
Deliberante efectúa sus pedidos de informes, formula sus contestaciones, o
recomendaciones ante el departamento ejecutivo o ante cualquier otro organismo
público o privado.
CONSIDERANDO:
La necesidad inaplazable
de implementar un
servicio de transporte público urbano sustentable a través de la incorporación progresiva de unidades de colectivos
eléctricos motiva la presentación de nuestra propuesta, en virtud del
proceso licitatorio, que en los próximos meses se llevará a cabo en la
provincia.
Que es preciso consignar que lo
establecido ahora en los pliegos licitatorios del transporte público de
pasajeros condicionará las características del servicio durante un periodo de
diez años con la posibilidad de extenderse por cinco años más (Ley 814-A).
Que es perentorio realizar una
propuesta que contemple el uso de tecnologías más amigables con el medio
ambiente que brindarán beneficios sustanciales en materia de movilidad y
calidad ambiental en la Ciudad de San Juan.
Que
la Argentina ratificó, en 1994, la Convención Marco de las Naciones Unidas
sobre el Cambio Climático (CMNUCC)[1], a
través de la Ley 24.295, asumiendo el objetivo de informar todo lo relevante
para el logro de los objetivos de la CMNUCC, en particular sobre los
inventarios nacionales de GEI[2] y
los programas nacionales que contengan medidas para mitigar el cambio climático
y facilitar la adecuada adaptación.
Que
en el marco del Protocolo de Kioto[3], reafirmado
a través de la Ley 25.438 del 20 de junio de 2001, la Argentina se comprometió
a adoptar políticas nacionales y tomar las medidas correspondientes de
mitigación del cambio climático, a la vez que obtuvo posibilidades de
participar de uno de los mecanismos de flexibilización del Protocolo: el
Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL).
Que
el 25 de septiembre de 2015, en el ámbito de la 70 edición de la Asamblea
General de Naciones Unidas, en Nueva York, todos los países del mundo adoptaron
la Agenda 2030[4]
para el Desarrollo Sostenible. En este marco se aprobaron los ODS[5] formulados
para erradicar la pobreza, promover la prosperidad y el bienestar para todos,
proteger el medio ambiente y hacer frente al cambio climático a nivel mundial.
Que
nuestro país adoptó el Acuerdo de París bajo la CMNUCC mediante la Ley 27.270 y
depositó el instrumento de ratificación ante el Secretario General de las
Naciones Unidas el 21 de septiembre de 2016. El objetivo principal del Acuerdo
es mantener el aumento de la temperatura media a fines de este siglo “muy por
debajo de los 2 °C”, e impulsar los esfuerzos para limitar más aún el aumento
de la temperatura media (por debajo de 1,5 °C sobre los niveles
preindustriales). Además, el Acuerdo busca reforzar la capacidad para hacer
frente a los impactos del cambio climático. Este Acuerdo comprometió a los
países a presentar sus Contribuciones Nacionales y una actualización periódica
a fin de comprometer el mayor esfuerzo y ambición posibles a la luz de las
circunstancias nacionales de cada país. Las contribuciones deben inscribirse en
un registro público de la CMNUCC.
Que
la Argentina fue el primer país en presentar una revisión de su Contribución
Nacional para hacerla más ambiciosa. La meta absoluta asumida, mediante un proceso
de validación y consenso gubernamental, jurisdiccional y con el involucramiento
de diversos sectores de la sociedad, es “no exceder la emisión neta de 483
millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq) en el año
2030”.
Que
en noviembre de 2019, siguiendo el compromiso asumido con las Naciones Unidas, se
aprobó la Ley N°27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al
Cambio Climático Global, sin ningún voto en contra, lo que demuestra que la
respuesta a esta problemática se constituye como una política de estado en nuestro
país. Esta ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para
garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de adaptación y
mitigación al cambio climático en la Argentina en los términos del artículo 41
de la Constitución Nacional. Se considera información pública ambiental todos
los datos y documentación relacionados con su aplicación y crea un Sistema
Nacional de Información sobre Cambio Climático. Cada jurisdicción debe promover
procesos de participación entre todos los involucrados y actores interesados
que conduzcan a la definición de las mejores acciones de adaptación y
mitigación al cambio climático.
Que
la Ley N°27.520 oficializa la creación del Gabinete Nacional de Cambio
Climático[6],
que será presidido por el Jefe de Gabinete de Ministros, y cuya función será
articular entre las distintas áreas de gobierno de la Administración pública
nacional, la implementación del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al
Cambio Climático, y de todas aquellas políticas públicas relacionadas con la
aplicación de las disposiciones establecidas en la ley y sus normas
complementarias.
Que
esta ley es de gran importancia debido a que, además de facilitar el
cumplimiento de la NDC[7], también
fomentará relaciones interjurisdiccionales, promoverá los planes locales de
respuesta y permitirá la coordinación de políticas nacionales, locales y
sectoriales.
Que
según un informe de las Naciones Unidas en 2014 el transporte fue el
responsable del 15 % de las emisiones totales de GEI. En este contexto es
necesario desarrollar proyectos estratégicos de movilidad sustentable entre los
cuales se destaca la incorporación de colectivos eléctricos al servicio de
transporte público de pasajeros, como una de las opciones más viables.
Que
para poder llevar a delante alianzas estratégicas será necesaria la
colaboración del sector público y privado, profundizar el diálogo y evaluar los
objetivos y necesidades de los actores que conforman el sistema de modo tal de
generar un equilibrio entre rentabilidad y sustentabilidad con la consigna
clara de que el tiempo nos apremia a reducir la contaminación para mitigar los
cambios climáticos.
Que
en la actualidad, los medios de transporte que funcionan con combustibles
fósiles representan una de las principales fuentes de emisiones de gases de
efecto invernadero (GEI) y gases tóxicos.
Con
respecto a las ventajas de los denominados “buses” eléctricos podemos citar:
Ø Son
ecológicos, no necesitan de combustible para funcionar y no emiten gases
contaminantes, por lo que mejoran la calidad del medio ambiente.
Ø Producen
menos ruido que los colectivos convencionales, por lo que colaboran con un
ambiente “más amigable” y con la disminución de la contaminación sonora.
Ø El
uso de la electricidad es más eficiente y económico que el del combustible
tradicional, porque a diferencia del motor a combustible, que cuando frena
disipa energía, el eléctrico, recarga la batería. Esta ventaja se siente en la
ciudad, donde se frena y avanza constantemente.
Ø Menor
costo de mantenimiento, ya que el motor de un bus eléctrico es más simple.
Que
Argentina ha comenzado a incorporar autobuses eléctricos chinos al sistema de
transporte urbano de la provincia de Mendoza (oeste) y de la ciudad de Buenos
Aires, en una apuesta a la movilidad sustentable, al reducir el impacto
ambiental y mejorar la calidad en los viajes de los usuarios.
Que
Mendoza es la provincia argentina pionera en la implementación de estos
autobuses ecológicos, mediante un proceso de adquisición de 20 unidades de
fabricación china que comenzó en marzo del año 2019. Se trata de autobuses
eléctricos con capacidad de recorrer entre 250 y 300 kilómetros antes de ser
cargados nuevamente. Las unidades cuentan, por ejemplo, con sistema de
climatización, rampas para discapacitados (monta carga) y espacio reservado
para sillas de ruedas, además de tener capacidad para transportar 26 pasajeros
sentados y 57 parados.
El
jefe de Tráfico de la empresa Sociedad de Transporte de Mendoza (STM),
reguladora de la movilidad en la provincia, Raúl Moreno, señaló que
Mendoza es una provincia conocida por las "energías limpias", primero
a través del trolebús con el sistema de cables (con más de 60 años de
funcionamiento), y ahora con la incorporación de los autobuses eléctricos
chinos.
La
empresa china Zhongtong participa también en Buenos Aires en una prueba piloto
de autobuses eléctricos, al incorporar en mayo del año 2019, ocho de sus
unidades a cuatro líneas de la red capitalina.
La
circulación de los colectivos 100% eléctricos por Buenos Aires fue autorizada
por un decreto que publicó el Gobierno nacional en el Boletín Oficial.
Las
estaciones de recarga se ubicaron en las cabeceras de las líneas y tuvieron un
costo total de 7.4 millones de pesos, asumido por el Gobierno porteño.
Según
la mencionada resolución, los colectivos ofrecen una autonomía de entre 70 y
220 kilómetros, según el tipo de cargador que utilicen. Los sistemas de carga
rápida permiten recuperar el 100% de la batería en 40 minutos, con una
autonomía de 70 kilómetros. El sistema de carga lenta demora hasta cinco horas
en recuperar las baterías, pero ofrece una autonomía de 220 kilómetros.
La
incorporación de las unidades forma parte del Plan de Movilidad Limpia 2035
impulsado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que prevé actualizar la
red de transporte con la introducción de unidades ecológicas en forma
paulatina. Para el 2035 los 18 mil colectivos que circulan todos los días por
la ciudad serán eléctricos. El plan incluye también a taxis y utilitarios
urbanos.
China
y Argentina han estrechado en los últimos años la cooperación en materia de
tecnología, así como en fuentes de energías limpias y renovables.
Los
“buses” eléctricos son la tecnología elegida por distintas entidades europeas y
norteamericanas. Por ejemplo, ya está siendo utilizada en ciudades como París,
Londres y Barcelona, entre otras. En abril del 2019, las autoridades de la
capital francesa ordenaron que 800 nuevas unidades de autobuses eléctricos
salieran a la calle para reemplazar a las unidades diesel y así combatir el
smog antes de la llegada de los Juegos Olímpicos en 2024. En China, por
ejemplo, un autobús eléctrico no es para nada inusual. A fines del año 2018, de
los 425.000 autobuses en todo el mundo, 421.000 se podía encontrar en China. La
flota global de autobuses eléctricos creció aproximadamente un 32% en 2018,
según un informe de BloombergNEF[8].
En
América latina, las ciudades más avanzadas en este sector son Santiago de Chile
y Bogotá, con unidades provenientes desde China.
Nuestro bloque, Producción y Trabajo,
recomienda que se incorpore desde la próxima licitación un recambio progresivo de
las unidades hasta lograr en el año 2030 el cambio total. Los nuevos ómnibus
eléctricos incluyen, además de las virtudes señaladas con anterioridad:
seguridad de excelencia y de vanguardia, bajo mantenimiento, aire
acondicionado, calefacción, rampa para discapacitados (con espacios para
sillas), wifi, GPS, etc. Estas unidades significarían un aumento significativo
de la calidad del servicio brindado al usuario del transporte público. Deberá también apelarse a la Responsabilidad
Social Empresarial (RSE) del sector de transporte y al cumplimiento a las ISO
26.000.
Producción y Trabajo, entiende que San Juan y en especial
Capital esta cautivo a los colectivos por muchas décadas futuras por su actual
planificación y desarrollo urbanístico, al no prever en sus proyectos de
crecimiento a otros transportes alternativos como en otras provincias del país
y del mundo que suman otras soluciones al transporte al contar con: trenes,
troles, subte, viaductos (tren o autos),
etc. y así ofrecer un transporte de pasajeros
de excelencia para desalentar al
automovilista. También detecta la necesidad urgente del compromiso de afrontar
esta deuda con el medio ambiente y con los usuarios del transporte público en
la búsqueda de una mejor calidad de vida del ciudadano.
Consideramos
que la inclusión del transporte eléctrico en las nuevas estipulaciones de la
licitación del servicio de transporte público, es una fuerte apuesta en la
concientización social y empresarial y un paso necesario en el desarrollo de la
sustentabilidad ambiental.
Se
adjunta foto del artículo en Diario de Cuyo con fecha 16 de Febrero, donde es
entrevistado al Secretario de Tránsito y Transporte Sr. Jorge Armendariz.
“El
cambio climático representa una de las mayores amenazas que enfrenta la
comunidad internacional en su conjunto. Los esfuerzos para enfrentar las
consecuencias actuales y futuras de este fenómeno, deben ser diseñados e
implementados conjuntamente por la Nación, las provincias y los municipios. En
este sentido, una respuesta integral al cambio climático requiere no sólo de la
acción del Gobierno Nacional sino también la decisión e implementación de
medidas por parte de las provincias y municipios”. Extracto
de los fundamentos de la Ley N°27520.
POR ELLO:
El
Interbloque Producción y Trabajo, Pro y Actuar, del Concejo Deliberante de la
Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su tratamiento y
consideración el siguiente Proyecto de COMUNICACIÓN:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE SAN JUAN
COMUNICA:
PRIMERO:
Vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal,
mediante el área correspondiente, incorpore en forma
progresiva, unidades de colectivos eléctricos, en la Ciudad de San Juan, en vistas
de la realización del proceso licitatorio del servicio de Transporte público de
pasajeros de la provincia.
SEGUNDO:
De Forma.
[1] La
CMNUCC es el marco multilateral de implementación de los esfuerzos
internacionales para enfrentar los desafíos del cambio climático.
[2] Los
inventarios nacionales
incluyen las emisiones y absorciones de GEI (Gases de Efecto
Invernadero) que se producen dentro del territorio nacional. Un inventario de
GEI contabiliza los gases emitidos y absorbidos de la atmósfera durante un periodo
de tiempo determinado (en general un año calendario) para un territorio
determinado.
[3] El
Protocolo de Kioto
(11/12/97). Es el acuerdo internacional más importante sobre el cambio
climático, y tiene su origen en la Convención Marco de las Naciones Unidas
(CMNUCC) creada en 1992. Este Protocolo compromete a los países
industrializados a estabilizar las emisiones de gases de efecto de invernadero
(GEI). El gas responsable de la mayoría del calentamiento es el dióxido de
carbono, también llamado CO2. Este Protocolo está firmado por 187 jefes de
estados en la actualidad.
[4] La
Agenda de Desarrollo 2030
es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad.
[5] Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS): Los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus 169
metas son de alcance mundial y de aplicación universal. Cada gobierno decidirá
la forma de incorporar esas aspiraciones y metas mundiales en los procesos de
planificación, las políticas y las estrategias nacionales.
[6] El Gabinete Nacional,
creado mediante el Decreto 891/2016, agrupa organismos públicos nacionales
involucrados en políticas climáticas, y su objetivo es reorientar las políticas
públicas, asegurar respuestas coordinadas y generar acciones de mitigación y
adaptación.
[7] NDC: Contribuciones
Determinadas a Nivel Nacional. Son las medidas que los países que forman parte
de la CMNUCC deben llevar a cabo para intensificar sus acciones contra el
cambio climático, ya sea para reducir las emisiones de GEI (acciones de
mitigación) o para adaptarse a los impactos producidos por ese fenómeno (acciones
de adaptación).