lunes, 1 de junio de 2020

24 - Culminación con la última etapa conforme al proyecto original de "Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan".

Proyecto de Comunicación
Expediente 234-20
Fecha: 29/05/2020
Autor: Ing. Ricardo Gutiérrez
Bloque Producción y Trabajo

EN COMISIÓN

Por el presente se plantea al Ejecutivo Municipal la necesidad de terminar con la última etapa del proyecto original de “Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan (no ejecutada), referida a la unificación de las marquesinas en los comercios frentistas: esto hoy afecta el libre crecimiento del nuevo arbolado. Esta etapa ayudará  a generar un ambiente más moderno y grato. También entendemos que los cambios de gestión no deben ser motivo para interrumpir las obras no terminados o abandonarlas. Muy por el contrario, terminarlos y mejorarlos en la medida que sea necesario es dar una respuesta responsable al vecino.

NOTA: Tanto oficialismo como oposición hicimos nuestra campaña con las obras de remodelación de la peatonal, pero ahora tiene la Licencia Social de la ciudadanía y por lo tanto es nuestra obligación terminar con el proyecto original y con su mejora continua.

BLOQUE PRODUCCIÓN Y TRABAJO


PROYECTO DE COMUNICACIÓN


TEMA: Unificación de marquesinas conforme el Proyecto de “Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan”.

AUTOR: Concejal Ing. Ricardo Gutiérrez

VISTO:
 La Carta Municipal de la Ciudad de San Juan en el Título I, Capítulo I, Art. 9º establece: “El Gobierno Municipal cumple una función de servicios, dirigidas a satisfacer las necesidades de la comunidad, con eficacia, racionalidad, economicidad y oportunidad; mejorando la calidad de vida, dignificando a la persona humana y logrando el bien común”; en el Titulo II, Capítulo IV, Art. 39º, Inc.1, apartado d), referido a las atribuciones del Concejo Deliberante de sancionar Comunicaciones y la Ordenanza Nº 12.225 por el cual se otorga referéndum al Decreto Nº 1603 por medio del cual se aprueba el Convenio Marco de Colaboración Nº 2313 celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan a efectos de desarrollar el Proyecto de “Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan”, en el marco de la puesta en funcionamiento del Plan Urbano Estratégico de la Municipalidad en concordancia con el Programa de Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de la Provincia.

CONSIDERANDO:
                       Desde el Bloque Producción y Trabajo vemos la necesidad de realizar la unificación de las marquesinas en los comercios ubicados en la peatonal Domingo Faustino Sarmiento, dando continuidad al proceso de re-funcionalización del micro centro a través del reordenamiento de la peatonal capitalina, completando la primera etapa del Proyecto de Remodelación iniciada el 26 de febrero de 2018.
Que la unificación de las marquesinas de los comercios ubicados en la peatonal contribuye a generar un ambiente más moderno y grato visualmente.
Que en el Proyecto de Remodelación está previsto construir  1647.08 m2 de marquesina y que por ende es necesario llevar adelante éste trabajo para dar por concluido el mencionado proyecto.
Sostenemos con fuerte convicción desde el bloque Producción y Trabajo la urgencia en la continuación, conclusión y mantenimiento de dicho proyecto, iniciado en la gestión anterior, siendo la gestión actual la responsable de la finalización del proyecto y mejoras futuras.

POR ELLO: El Interbloque PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Pro y Actuar del Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su consideración y tratamiento el siguiente Proyecto de Comunicación.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
COMUNICA:

PRIMERO: Que vería con agrado que se unificaran las marquesinas conforme el Proyecto de “Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan” según se establece en el Anexo I, del Convenio Marco de Colaboración Nº 2313, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, aprobado por el Decreto Nº 1603 y refrendado por la Ordenanza Nº 12.225.

SEGUNDO: De forma.