Expediente 179-20
Fecha: 30/04/2020
Autor: Ing. Ricardo Gutiérrez
Bloque Producción y Trabajo
EN COMISIÓN
Mejoras menores para
agilizar el tránsito en la intersección de Av. Paula A. de Sarmiento y
lateral norte de Av. de Circunvalación, permitiéndose un giro a la derecha
permanente a quienes circulan por circunvalación en sentido anti horario y
necesitan reincorporarse a la Av. Paula con dirección al norte, al igual para
quienes transitan por lateral norte de Av. de Circunvalación. Para tal
finalidad es necesario recurrir a la ayuda de señalización horizontal en
relieve y separadores especiales para definir el carril exclusivo sugerido en
nuestra propuesta.
BLOQUE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO
PROYECTO
DE ORDENANZA
TEMA:
Determinación del giro a la derecha sin interrupción, en la intersección de Av.
Paula A. de Sarmiento y Lateral Norte de Av. de Circunvalación.
AUTOR:
Concejal Ing. Ricardo Sinforiano Gutiérrez
VISTO:
La Carta Municipal de la Ciudad de San Juan en el Título I, Capítulo I, Art. 9º
establece: “El Gobierno Municipal cumple una función de servicios, dirigidas a
satisfacer las necesidades de la comunidad, con eficacia, racionalidad,
economicidad y oportunidad; mejorando la calidad de vida, dignificando a la
persona humana y logrando el bien común”; Artículo
14° Inc. 16°: Dictar el reglamento de tránsito urbano y asegurar el transporte
público de pasajeros. Inc. 43°: Además de las funciones señaladas precedentemente,
el municipio podrá realizar cualquier acción de interés local que no
contraponga a las Constituciones Nacional y Provinciales y
el Titulo II, Capítulo IV, Art. 39º, Inc.1, apartado a), referido a las
atribuciones del Concejo Deliberante de sancionar Ordenanzas.
CONSIDERANDO:
La necesidad de agilizar
el tráfico vehicular en la intersección de Av. Paula A. de Sarmiento y Lateral Norte de
Av. de Circunvalación para disminuir el
grado de congestión que caracteriza este nodo, motiva nuestra propuesta de
permitir el giro a la derecha sin interrupción.
Que
en la intersección que nos ocupa sólo hay dos conflictos importantes; el
primero de ellos se produce para los vehículos que circulan por el Lateral de
Av. de Circunvalación de oeste a este y quieren incorporase al tráfico de la
Avenida Paula A. de Sarmiento, girando al norte; y el segundo para aquellos que
quieren cruzar la Av. Paula A. de Sarmiento con dirección al oeste. Este último
caso no nos ocupa en el presente proyecto.
En
el primer caso, una solución práctica y económica se verifica al permitir el
giro a la derecha sin interrupción que no implica complicaciones para quienes
circulan de sur a norte por la Av. Paula A. de Sarmiento debido al espacio
disponible en esta arteria. Esta medida no convencional para re-direccionar el
tránsito conlleva como esfuerzo adicional el cambio de hábitos de manejo de los
sanjuaninos, que lamentablemente gozamos del reconocimiento nacional de ser
malos conductores.
Para
llevar adelante esta propuesta habría que colocar señalización vertical
conjuntamente con demarcación horizontal en relieve y/o separadores especiales
para definir el carril exclusivo para realizar la maniobra con entera seguridad
de no ser impactado por vehículos que circulan por Av. Paula A. de Sarmiento de
Sur a Norte. Por otro lado, sería un complemento necesario de nuestro proyecto,
estudiar la pertinencia de ampliar la ochava noreste a fin de lograr un espacio
generoso para vehículos de gran porte como ómnibus, semirremolques, camiones
con acoplados, etc. Adjuntamos un croquis a los fines ilustrativos de lo
propuesto.
Esta
modalidad ha sido implementada exitosamente en varios países entre los que se encuentra
nuestro vecino país, Chile, que constituye un gran ejemplo en materia vial.
POR ELLO:
El Interbloque
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, PRO y ACTUAR del Concejo Deliberante de la Municipalidad
de la Ciudad de San Juan, presenta para su consideración y tratamiento el
siguiente Proyecto de Ordenanza.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
ORDENA:
ARTICULO 1º: Establezca el Ejecutivo
Municipal el giro a la derecha sin interrupción, para los vehículos que
circulan de este a oeste por el Lateral Norte de Av. de Circunvalación que
quieran incorporarse a la Av. Paula A.
de Sarmiento con dirección norte.
ARTÍCULO
2º: De forma.