Expediente 129-21
Fecha: 25/03/2021
Autor: Ing. Ricardo Gutiérrez
Bloque Producción y Trabajo
PROYECTO DE COMUNICACION
TEMA: Implementación de solicitud de
Factibilidad Municipal de Obra, como condición obligatoria, al inicio de
expediente por obra nueva ante la Dirección de
Planeamiento y Desarrollo Urbano.
AUTOR: Concejal Ing. Ricardo
Gutiérrez
VISTO: La Carta Municipal,
Artículo 9°: El Gobierno Municipal cumple una función de servicio, dirigida a
satisfacer las necesidades de la comunidad con eficacia, economicidad y
oportunidad, mejorando la calidad de vida, dignificando a la persona humana y
logrando el bien común. Artículo 14° Inc 23: Reglamentar el uso de las
superficies y subsuelo terrestre y el aéreo de todo el ejido municipal.
Artículo 14° Inc. 43°: Además de las funciones señaladas precedentemente, el
municipio podrá realizar cualquier acción de interés local que no contraponga a
las Constituciones Nacional y Provincial. Artículo 39°: Inc. 1° apartado D:
Mediante este instrumento el Consejo Deliberante efectúa sus pedidos de
informes, formula sus contestaciones, o recomendaciones ante el Departamento
Ejecutivo o ante cualquier otro organismo público o privado.
CONSIDERANDO:
En
San Juan a consecuencia de los terremotos sufridos en los años 1944 y 1977, se implemento
un sistema diferente al resto del país, el cual consiste en concentrar en un
mismo organismo público provincial, la “Dirección de Planeamiento y Desarrollo
Urbano” (en adelante D.P.D.U.), dependiente del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos, la autoridad de aplicación del Código de Edificación de San Juan,
este último, como único cuerpo normativo, de aplicación en toda la provincia, que
reglamenta en materia de construcción, proyección territorial y urbana. Esto
tiene como objetivo consolidar criterios de edificación, desde una mirada
sismorresistente, tanto en relación a los materiales a utilizar, como en los
métodos constructivos. Ello implica que ninguna ordenanza municipal puede
reglar sobre temas ya normados en dicho Código.
En
el resto de las provincias el sistema es diferente, ya que, quienes centralizan
y ejecutan esta función, legislando al respecto y actuando además, como
autoridad de aplicación, son los municipios, como sucede por ejemplo en la
ciudad capital de Mendoza y Córdoba, entre otras.
Producción
y Trabajo mediante la presente iniciativa, propone la implementación de la
“Solicitud de Factibilidad Municipal de obra”, como condición previa y
obligatoria al inicio de expediente por obra nueva (dentro del ejido
capitalino) ante la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, a los
efectos de asegurar el cumplimiento de Ordenanzas Municipales afines, sin
inmiscuirse, ni intervenir en las funciones de la D.P.D.U.
El
presente proyecto ofrece una solución efectiva a problemas reales, como los que
se generaron en el conocido Consorcio Patio San Ignacio, cuyo edificio se
diseño en mayor altura (mas pisos) que los que se terminaron construyendo, debido
a que fue necesario adaptar la obra a la zona y sus características. Otro
ejemplo se da en la actualidad, donde, tras la demolición de una casa en la
esquina de Av. José Ignacio de la Rosa y Hermógenes Ruiz, con el objetivo de
construir una torre de departamentos, los vecinos de la zona (Barrio del Bono)
se auto convocaron y realizaron denuncias y quejas con justificados argumentos,
en defensa del paisaje urbano y la condición residencial del área, obteniendo
por parte del Consejo deliberantes de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan
la declaración N° 477 en apoyo al ya expresado reclamo
Producción
y trabajo considera necesario que el ejecutivo municipal gestione los convenios
necesarios con El Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la D.P.D.U., para
dar cumplimiento a los fines propuestos en la presente.
No
obstante, el sistema imperante en la provincia, el municipio debe tomar
conocimiento de las obras a realizarse dentro del ejido capitalino, en la etapa
de anteproyecto, ya que el desarrollo territorial y diseño urbano de la ciudad,
si dependen en gran medida de los proyectos y proyecciones del Gobierno de
Capital.
La
presente iniciativa es parte de una idea superadora que el Bloque Producción y
Trabajo ha desarrollado, la cual se complementa con otro proyecto que se
presenta paralela y conjuntamente, que consiste en la derogación de la
ordenanza 10.727 de “Planificación Urbana para Complejos Habitacionales”.
POR ELLO: El Bloque Producción y
Trabajo, del Concejo Deliberante de la
Municipalidad de la Ciudad de San Juan, presenta para su tratamiento y
consideración el siguiente Proyecto de: COMUNICACIÓN
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
COMUNICA:
PRIMERO: Que vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, implemente
la solicitud de Factibilidad Municipal de Obra a construir, como condición
preliminar, inexcusable y obligatoria al inicio del trámite de solicitud de
expediente por obra nueva ante la Dirección de
Planeamiento y Desarrollo Urbano, en adelante D.P.D.U., con el objeto de
controlar que dicho proyecto u obra se ajuste a las prescripciones establecidas
en las ordenanzas municipales afines.
SEGUNDO: Que vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, extienda el certificado de Factibilidad Municipal de Obra,
en forma PROVISORIA, hasta tanto se ajuste el proyecto u obra a las ordenanzas
municipales afines y al plan de desarrollo territorial y urbanístico del
Gobierno Capitalino. Salvadas las observaciones o cumplimentados los
requerimientos, se extenderá dicho certificado en forma DEFINITIVA, obteniendo
la Factibilidad Municipal de Obra.
TERCERO: Que vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, incluya en las disposiciones de la presente ordenanza, todo
proyecto u obra nueva a construir, ampliaciones y modificaciones de inmuebles
dentro del ejido capitalino, cualquiera sea su forma, método constructivo,
materiales a utilizar, tamaño y destino.
CUARTO: Que vería con agrado que el
Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, Gestione los convenios necesarios con el Ministerio de
Obras y Servicios Públicos y con la D.P.D.U., para que incluya el Certificado
de Factibilidad Municipal de Obra, como requisito indispensable para el inicio
de expediente por obra ante dicha dependencia.
QUINTO: De Forma.